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¿Qué cubre el seguro de mi coche durante el estado de alarma por el Coronavirus?

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Como saben, desde el pasado 14 de Marzo está en vigor el decreto de estado de alarma aprobado por el Gobierno para hacer frente a la crisis del coronavirus. La medida más significativa de este Decreto es la limitación de la libre circulación de los ciudadanos por las vías públicas, salvo por las excepciones contempladas en la propia norma, que son:

  • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
Hasta la fecha han surgido muchas dudas sobre como puede afectar esta limitación a las coberturas del seguro de coche, por lo que actualizamos toda la información para ir resolviendo algunas de las dudas más consultadas.
 

 

¿Qué pasa si tengo un siniestro con mi coche durante el estado de alarma?

Con la prohibición de circular por la vía pública, salvo en las excepciones contempladas en el Decreto, ha surgido la duda sobre la cobertura de los seguros de autos. Muchos se han preguntado estos días qué sucede si tienes un siniestro con el vehículo y no puedes justificar que circulabas por la vía pública por uno de los motivos permitidos. ¿Podría interpretar la aseguradora que la circulación es ilegítima, o incluso que se estaba realizando una actividad prohibida, y como tal no cubrir el siniestro?  Lo cierto es que las aseguradoras recogen en sus contratos de seguros exclusiones generales de la cobertura, como puede ser la circulación bajo los efectos del alcohol o drogas, o incluso en situaciones de motines, huelgas, declaraciones de catástrofe natural.

Ante la incertidumbre y confusión que esta cuestión ha suscitado, la Unespa- patronal del seguro- ha informado que las aseguradoras actuarán con normalidad y cubrirán los siniestros, tanto los daños propios como los causados a terceros, aunque el conductor circule sin justificación alguna, ya que las aseguradoras no tiene potestad para determinar si el conductor debe estar o no confinado. No obstante, dejan claro desde el sector que esto no quiere decir que el conductor pueda ser sancionado por incumplir el confinamiento ordenado en el estado de alarma.

¿Puedo pasar la ITV de mi coche durante el Estado de Alarma?

Las empresas de ITV han tenido que cerrar, por lo que pasar la ITV durante el estado de alarma es imposible. No obstante, el Decreto de Estado de Alarma regula la suspensión de la caducidad de todos los plazos administrativos, por lo que si caducaba proximamente la ITV de tu coche, puedes estar tranquilo. La policía no te impondrá sanción alguna por no haber pasado la ITV si esta caducaba durante el periodo que dure el Estado de Alarma. 

Si tengo un siniestro con la ITV caducada, ¿Lo cubre la aseguradora?

Muchas personas y empresas se han cuestionado si  las aseguradoras pueden negarse a cubrir un siniestro por tener la ITV del coche caducada. En Canarisk entendemos que ante la suspensión de plazos de caducidad, las aseguradoras no pueden negarse a dar cobertura en caso de que la ITV hubiera caducado durante el estado de alarma. No obstante, para tranquilidad de nuestros clientes, hemos consultado a varias aseguradoras, y la respuesta es unánime: las aseguradoras son consecuentes con la situación excepcional que atravesamos y actuarán con responsabilidad y coherencia.

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